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Interpretación del artículo 35 de la Ley Orgánica de amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Mediante sentencia de fecha 22 de junio de 2005, la Sala Constitucional estableció una nueva doctrina jurisprudencial, donde se elimina la Consulta de Ley consagrada en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
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